¿Cómo es la regla respecto al ayuno de Kipur para personas que sufren alguna enfermedad, o que están en tratamiento médico, o para mujeres embarazadas, y/o que se encuentran amamantando?
Es importante tener presente lo que está escrito en la Torá sobre este tema: “Cuidarán Mis leyes y justicias, que las llevará a cabo la persona, y vivirá con ellas.” De esta frase, el Talmud aprende que con los preceptos de la Torá debemos vivir, y no que nos provoquen lo contrario. Por lo tanto, si cualquier mitzvá –en este caso el ayuno- pone en riesgo nuestra vida -o si incluso, hay duda de que el cumplimiento de la misma pueda poner en riesgo la vida-, entonces tiene prioridad la salud y la vida que la práctica de la mitzvá.
La lógica de esta indicación de la Torá es que, si uno, D’os no lo quiera, llega a perder la vida por cumplir un precepto, cierra la posibilidad de seguir cumpliendo muchos otros preceptos. Entonces, es mejor dejar de cumplir un precepto por preservar la vida, y con ello, la posibilidad de cumplir muchas mitzvot más.
Aunado a esto, debemos tomar en cuenta que con los preceptos de la Torá contribuimos a mejorar nuestra calidad de vida, no a empeorarla. Por esto, está escrito también en la Torá: “ushmartem meod lenafshotejem”, es decir, “cuidarán mucho su salud”. Y de ahí aprendemos que todo lo que haga daño a la salud está, de hecho, prohibido por la Torá. D’os quiere que vivamos la vida en plenitud.
Por lo tanto, si uno padece cualquier enfermedad que, al ayunar, podría poner en riesgo la salud o la vida, no solo que tiene permitido comer, sino que la obligación religiosa para esa persona es comer. De no hacerlo, estaría violando gravemente la indicación de D’os.
Cabe aclarar que si uno tuvo la necesidad de comer en Yom Kipur por estas razones, no debe sentirse culpable en lo más mínimo, sino al contrario, debe estar convencido de que actuó conforme a la voluntad de D’os. Recordemos que, aunque no ayune, esta persona debe aún cumplir con la esencia del día de Kipur, que es la reflexión, el pedir perdón, el perdonar, y la determinación de mejorarse espiritualmente.
Ahora, en el caso de una persona a quien el médico le indica que no debe ayunar porque sería peligroso si lo hace, deben respetarse las siguientes indicaciones:
- No debe comer más de 30 gramos de alimento en una sola vez, y puede seguir comiendo siempre hasta esa cantidad, pero con intervalos de unos 4 a 9 minutos, según la necesidad.
- En el caso de líquidos, debe beber, en promedio, hasta 40 mililitros en una sola vez, y puede seguir bebiendo con los mismos intervalos. Por cierto, la persona puede intercalar cualquiera de estas dos opciones (comer y beber), siempre y cuando se respete el intervalo mencionado.
De esta manera esta persona puede estar comiendo y bebiendo durante todo el día. De todos modos, aclaro, si incluso estas limitantes ponen en riesgo la salud y la vida, la persona debe comer y beber de forma normal.
En el caso de una mujer embarazada (con un embarazo normal), debe ayunar, aún sintiendo cierta debilidad. Pero si se trata de un embarazo logrado con tratamientos, en cuyos casos, si los médicos indican que existe mayor riesgo de aborto en los primeras semanas, ahí sí debe comer acorde a las indicaciones mencionadas en el párrafo anterior (de nuevo, bajo indicaciones médicas). Esta mujer tampoco tendría la obligación de asistir al templo, y puede rezar, incluso, acostada si así lo prefiere. Obviamente, en general, cualquier embarazo que presente un riesgo especial, y en cuyos casos el ayuno pondría en riesgo la salud y la vida, la mujer debe comer según ya se explicó.
Para una mujer que recién dio a luz o sufrió un aborto, aplican las siguientes reglas:
- Los primeros tres días (días completos de 24 horas) desde el nacimiento, está prohibido que ayune, aunque se sienta bien y aunque la mujer piense que puede ayunar.
- Del tercer al séptimo día desde el nacimiento, la mujer no tiene que ayunar, pero si ella quiere y dice que se siente bien, puede hacerlo.
- Después del séptimo día, la mujer ya tiene la obligación de ayunar de manera normal.
Si la mujer está amamantando, igual debe ayunar. Pero si su bebé está enfermo, y el ayuno repercutiría negativamente en la salud o la vida del mismo, la mujer debe comer según las indicaciones explicadas anteriormente.
Y ya que estamos en esto, una persona que esté tomando medicamentos necesarios (es decir, cuyas dosis o tratamientos no deben ser interrumpidas), si puede tragar la medicina sin la ayuda de agua, así lo debe hacer. De lo contrario, podría tomarla con muy poca agua, es decir, con lo indispensable. Esta excepción no aplica para vitaminas, suplementos alimenticios y otros medicamentos no esenciales.
Y, por último, quiero agregar que quien esté ayunando, si se llega a sentir mal (sufriendo algún desmayo, o sintiendo mareos o mucha debilidad durante el ayuno de Kipur), -y en particular, una persona de edad avanzada-, si no hay un médico presente que determine si es riesgoso continuar con el ayuno, por las dudas debe comer y beber de la forma indicada anteriormente.